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Cuando no se cumple el régimen de visitas.

El régimen de visitas es motivo constante de problemas entre los progenitores separados o divorciados, bien sea por su incumplimiento o porque no sea posible acuerdo entre las partes a la hora de establecerlo.

¿Cómo se decide el régimen de visitas?

Cuando el padre o la madre no tienen consigo a los menores, tienen derecho a visitarlos y a comunicarse con ellos.

Lo ideal sería que los progenitores acordarán un régimen de visitas que se ajustara a sus circunstancias personales, pero en la práctica, al no haber acuerdo, es el juez el que decide en la mayoría de casos.

¿Cuál es el régimen de visitas típico?

Los progenitores son quienes mejor pueden decidir el régimen de visitas que se ajusta mejor a sus circunstancias personales, pero si no hay acuerdo, es el Juez el que decide, y el régimen típico suele ser el de fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones.

Incumplimiento del régimen de visitas

Como decimos los casos de incumplimiento son frecuentes. Y en ocasiones, cuando quien incumple es el progenitor custodio, el otro progenitor no tiene claro cómo debe actuar.

Es importante saber qué es lo que hay que hacer, y los pasos a seguir, para poder demostrar el incumplimiento.

Si prevemos que va a haber problemas, es interesante acudir con un amigo a o familiar que pueda dar testimonio de lo ocurrido.

Si el progenitor custodio nos informa de que no va a entregar a los menores, debemos llamar a la policía para que intervenga y, en su caso, emita un informe.

En ocasiones no se produce la entrega, ni siquiera con la intervención de la policía, entonces debemos ir a comisaría y denunciar por incumplimiento de Sentencia.

Es importante pedir una copia de la denuncia, porque la necesitaremos para iniciar un procedimiento judicial en vía penal (Juicio de faltas por incumplimiento de Sentencia), y será muy útil como prueba en vía civil (Ejecución de Sentencia).

Los incumplimientos reiterados pueden dar lugar a la modificación del régimen e, incluso, a la pérdida de la custodia.

Punto de encuentro familiar

El punto de encuentro familiar es un servicio de la Cruz Roja que está a disposición de las familias que afrontan algún tipo de conflicto en el que participan menores, especialmente en caso de malos tratos, abusos y/o violencia de género.

Para poder utilizar este servicio se debe solicitar al Juez, que dictará un Auto acordando la medida, o bien ser derivado por los Servicios Sociales.

El incumplimiento del Régimen de Visitas es uno de los casos que tratamos con mayor asiduidad en el bufete Lecys-Abogados.

Si Ud. se encuentra ante este problema, no dude en ponerse en contacto con Custodia-Compartida.com y uno de nuestros abogados especializados en separación y divorcio con hijos le asesorará de manera anónima y sin compromis

2 Comentarios

  1. este caso es muy peculiar por que mi esposa tiene tres hijos de su anterior matrimonio y el ultimo hijo tiene 15años y tiene una deficiencia intelectual del 34 0/0 y su esposo no le permite ver al niño…alegando que el nene no la quiere ver…y lo tiene amenazado con sus hermanos parta que el diga que no desea verla..que se puede hacer..?

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    • Estimado Alfredo,

      En primer lugar queremos agradecer el interés demostrado en nuestro trabajo.

      En relación con su consulta, le informamos que las alternativas dependerán en gran medida del tipo de custodia establecida en su momento.

      Por otro lado, la actitud del padre podría estar produciendo un síndrome de alienación parental (SAP) en el hijo de su esposa, que debería ser tratado con urgencia, atendida la deficiencia que afecta al menor.

      Para poder emitir un diagnóstico más preciso, es necesario que nos facilite más información, más detalles.

      Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros y un abogado especializado en Derecho de Familia atenderá sus consultas.

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