por Dpto. Comunicación | May 6, 2016 | Blog, Custodia compartida, Divorcio o separación con hijos, Guarda y custodia
Hoy quiero hablaros de un tema que de forma habitual siempre es objeto de dudas entre los padres divorciados con custodia compartida y no es otro que el de saber dónde tienen que estar empadronados los hijos en este caso. El empadronamiento de los hijos cuando hay custodia compartida no es una cuestión sin importancia, la verdad, porque el dato del empadronamiento tiene relevancia a efectos de muchas cuestiones: escolarización, asistencia sanitaria, acceso a la cultura, etc. Los hijos menores han de ser empadronados en un solo domicilio cuando se tiene la custodia compartida Lo lógico sería que si se tiene una custodia compartida, los hijos menores pudieran empadronarse tanto en el domicilio de la madre como en el domicilio del padre (en el caso de que no compartieran la vivienda familiar y cada uno tuviera una vivienda), pero la normativa actual solamente permite a una persona ser vecina de un municipio y residente en un único domicilio. Es decir, que los hijos menores han de ser empadronados en un solo domicilio, también en los supuestos de guarda y custodia compartida. El domicilio preferente para efectuar el empadronamiento será el de aquel progenitor con el que el hijo o los hijos pase la mayor parte del tiempo, dentro del año natural. En los supuestos en los que los períodos de convivencia estén equilibrados hasta el punto de que no pueda determinarse con cuál de los padres pasan los hijos en cómputo anual la mayor parte del tiempo, deberán ser en principio los propios progenitores quienes, de mutuo acuerdo, elijan de entre los dos domicilios en los que viven los...
por Carmen Calderón | May 4, 2016 | Blog, Custodia compartida, Divorcio o separación con hijos, Guarda y custodia
Como siempre os decimos, en aquellas cuestiones que afectan a un divorcio o una separación, existen tantas soluciones como familias hay; por lo que en un asunto como el que tratamos hoy, el uso de la vivienda familiar en la custodia compartida, tampoco hay un criterio único que se pueda aplicar de manera estándar. El primer paso legal para atribuir o no, el uso de la vivienda familiar a uno u otro progenitor en caso de que se acuerde la custodia compartida, lo encontramos en el artículo 96 del Código Civil, que dice lo siguiente: “En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Cuando algunos de los hijos queden en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el Juez resolverá lo procedente. No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección. Para disponer de la vivienda y bienes indicados cuyo uso corresponda al cónyuge no titular se requerirá el consentimiento de ambas partes o, en su caso, autorización judicial”. La circunstancia más importante para estipular el régimen del uso de la vivienda en la custodia compartida es el interés de protección de los menores Esto quiere decir que en el supuesto de que la guardia y custodia se atribuya a uno solo de los...
por Carmen Calderón | Abr 22, 2016 | Blog, Custodia compartida, Guarda y custodia
Hay una cuestión que muchas parejas desconocen y que les preocupa saber cuando su relación termina. Nos estamos refiriendo a las parejas de hecho o las parejas que nunca contrajeron matrimonio, que tienen hijos a su cargo, y que tras su ruptura sentimental, se plantean si pueden o no pedir la custodia compartida de los menores. La respuesta es clara: sí. Si de la relación de convivencia entre estas parejas existen hijos menores de edad, al producirse el cese de esa convivencia, se puede solicitar la custodia compartida. Para ello, hay que acudir al procedimiento judicial de medidas paternofiliales, con el fin de regular los efectos que esa separación va a producir sobre los hijos. En este sentido, se aplican los mismos criterios que para la separación o divorcio prevé nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que exista ninguna diferencia entre los hijos nacidos dentro del matrimonio o fuera del matrimonio; es decir, entre los hijos que nacen estando casados sus padres o sin estar casados. Las parejas de hecho o que nunca se han casado, si tienen hijos, también pueden solicitar la custodia compartida Y para confirmar que esto es así, el propio Tribunal Supremo en una sentencia de fecha 7 de julio de 2004 admitió que «en la adopción de las medidas a tomar respecto de los hijos menores de edad, sean matrimoniales o no matrimoniales, es preponderante el interés de los hijos, cuya protección se encomienda al juzgador y así se establece en el art. 158 del Código Civil, al facultar al Juez para que, de oficio, adopte las medidas en él contempladas, e, igualmente,...
por Carmen Calderón | Abr 15, 2016 | Guarda y custodia
Hace días nos enterábamos de que el jugador número 7 del Real Madrid, Cristiano Ronaldo, busca vientre de alquiler con el que repetir paternidad este año 2016. Está claro que Ronaldo quiere volver a ser padre y en este asunto lleva desde las Navidades pasadas, cuando viajó a Miami para buscar de nuevo un vientre subrogado y, de paso, clínicas en las que llevar a cabo el tratamiento de la mujer elegida. Según la publicación portuguesa ‘Flash! Vidas’, que ha lanzado la noticia, el jugador de fútbol ya podría haber utilizado este método para traer al mundo a su, hasta ahora, único hijo, Cristiano Junior, que ya tiene cinco años y medio. El pequeño nació también en una clínica de Florida y, aunque se especuló con que su madre pudiera ser una camarera americana con la que Cristiano tuvo un breve affaire, la madre del jugador, Dolores Aveiro, dejó caer en sus memorias que habría sido concebido por tratamiento. «Voy a tener un hijo y quiero que seas la que me ayude a educarlo y a darle amor, como siempre has hecho conmigo y con mis hermanos. Nunca se sabrá quién es la madre del bebé», le dijo Cristiano a su madre hace ya casi seis años. Cristiano Ronaldo, busca vientre de alquiler con el que repetir paternidad este año 2016 De encontrar a la persona adecuada para ser padre de nuevo, Cristiano Ronaldo podría traer al mundo a su segundo hijo, que no sería el último, pues el jugador ha confesado en varias entrevistas que le encantaría ser padre de familia numerosa: «¿Cinco o seis hijos? ¿Por...
por Carmen Calderón | Abr 13, 2016 | Blog, Custodia compartida, Divorcio o separación con hijos, Guarda y custodia, Pensión alimenticia
Cuando en una pareja se acaba el amor y llega el divorcio, lo último en lo que desea pensar es en los impuestos y en la declaración de la Renta, sin embargo, el final del matrimonio tiene aspectos fiscales en el IRPF que se deben tener en cuenta. Si estás separado o en vías de separación financiera, divorcio o nulidad matrimonial, quizás te interese conocer qué tratamiento fiscal tienen en la declaración de la Renta las pensiones de alimentos y compensatorias, así como las implicaciones del divorcio en tu hipoteca o en la vivienda, en caso de tenerla porque, en estos casos, declaración de la renta cambia. En la declaración de la renta, las pensiones de alimentos y las compensatorias tienen un tratamiento fiscal especial Lo primero y obvio es que ya no existe la posibilidad de hacer la declaración de la Renta conjunta, que está limitada a matrimonios y lo que fiscalmente se conoce como unidades familiares (cónyuges no separados legalmente e hijos menores, con excepción de los que vivan independientemente de los padres con el consentimiento de éstos; y en los casos de separación legal, el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior). Conviene tener en cuenta que el IRPF tomará los datos personales a 31 de diciembre, aplicando esa situación personal para todo el año. Es decir, que no se podrá hacer la mitad de la renta como conjunta y la otra mitad como individual si has estado casado, por ejemplo, hasta el 1 de junio. Del...
por Carmen Calderón | Abr 8, 2016 | Blog, Custodia compartida, Divorcio o separación con hijos, Guarda y custodia
La batalla legal por la custodia del hijo de Madonna y Guy Ritchie, el joven Rocco de 15 años de edad, ha sido de nuevo noticia, tras las últimas comparecencias de la ex pareja en los juzgados de Londres. El magistrado que llevaba el caso, les ha dicho a los padres, que si no llegan a un acuerdo amistoso, pueden arruinar la vida del chico. Todo comenzó el pasado mes de diciembre cuando, tras una fuerte discusión con su madre, Rocco cogió un avión desde Estocolmo, en medio del “Tour Rebel” de Madonna, hasta Londres para refugiarse en casa de su padre. Un juez recomienda a Madonna y a su ex que lleguen a un acuerdo en la custodia de su hijo y no arruinen su vida FUENTE: commons.wikimedia.org Desde ese momento, Madonna ha desatado una encarnecida lucha por querer quedarse con su hijo e, incluso, una especie de terapia con sus seguidores, manifestando todo tipo de emociones sobre el escenario e, incluso, llegando a actuar con alguna copa de más encima y decir que su hijo es sólo suyo. Mientras llegan a un entendimiento Madonna y su ex Guy, el juez que lleva el caso ha ordenado que el menor Rocco viaje a Estados Unidos para que sea allí donde otros tribunales diriman su futuro. Las vistas se reanudarán el próximo junio y si sus padres no han tomado una decisión de mutuo acuerdo, será la justicia la que se vea obligada a decidir por ellos. Algo que puede traer, según el juez, consecuencias muy negativas “arruinar la adolescencia y la vida del menor”. Noticias como estas,...