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Sobre la regulación de la maternidad subrogada

Sobre la regulación de la maternidad subrogada

El debate sobre la regulación de los vientres de alquiler o maternidad subrogada está candente. Diversos partidos políticos quieren instar al Gobierno de España a impulsar una Ley de regulación de Gestación Subrogada, que garantice la legalidad de este tipo de prácticas en nuestro país. La lucha se ha iniciado en la Comunidad de Madrid de la mano de partidos políticos como Ciudadanos, cuyo líder, Albert Rivera, ya incluyó esta medida en su programa electoral. Pero también, el PP de la Comunidad de Madrid, liderado por Cristina Cifuentes, manifestó su voluntad de votar a favor de esta iniciativa. La regulación de la maternidad subrogada es un tema del que muchas voces se han hecho eco. Sin embargo, otras formaciones políticas como el PSOE se han manifestado en contra de la proposición, al considerar que no se debe permitir la utilización del ser humano como espacio del préstamo de sus cuerpos para los intereses de quienes recurren al tratamiento de gestación subrogada. Y desde Podemos se ha pedido una regulación más estricta que garantice de forma más eficaz los derechos de las gestantes que en muchas ocasiones se convierten en actores invisibles en estos procesos. El proceso, sin duda, tiene profundas aristas éticas y los vientres de alquiler no son una mera técnica. La necesidad de la regulación de la maternidad subrogada es un tema del que muchas voces se han hecho eco como cuestión que afecta también al Derecho de Familia y que supone la accesibilidad a cualquier familia que no pueda gestar a tener hijos, el respeto a la autonomía de la gestante, el derecho de los hijos...
La Generalitat catalana se plantea detener las adopciones para no hacer la lista más grande

La Generalitat catalana se plantea detener las adopciones para no hacer la lista más grande

Desde que en el año 2011 creciera la lista de adopciones de niños en Cataluña de forma considerable y todas esas solicitudes se acumularan en una lista de espera que ni siquiera se ha empezado a valorar, la Generalitat catalana se plantea ahora detener dichas adopciones para no hacer la bolsa más grande. ¿Qué es lo que está sucediendo para que se estudie ahora esta medida? ¿Hay más padres que quieren adoptar que niños adoptables? ¿No se ha informado correctamente a las familias y se ha dejado que pasaran a engrosar las listas de espera? Desde el año 2011 ha crecido la lista de adopciones de niños en Cataluña y las solicitudes se acumulan en espera Según las fuentes oficiales del gobierno catalán, los motivos se deben a que son muchas las familias que piden adopciones a través del Instituto Catalán de la Acogida y de la Adopción y ha llegado el momento de plantearse “parar un poco y dejar de dar número”. Cada año se reciben alrededor de unas 80 adopciones y parece necesario y urgente ir drenando el sistema. En 2010 y 2011 se adoptaron cada año 150 niños en Cataluña que estaban bajo la protección de la Generalitat, en 2013 fueron 84, en 2014, 81 y el año pasado fueron 82. En la actualidad, hay 250 familias que ya han sido declaradas como idóneas y que tienen opción de adoptar un niño en Cataluña. La media para conseguirlo desde que se apuntan ronda entre los 10 y los 15 años. Si la situación estuviera normalizada, la espera prevista para hacer todos los trámites no debería superar...
¿Qué es la guarda y custodia? ¿Y la patria potestad?

¿Qué es la guarda y custodia? ¿Y la patria potestad?

Hay conceptos, materias, preguntas que suelen ser bastante delicados cuando nos enfrentamos a una separación o divorcio con hijos, principalmente porque afectan a los menores de edad y nos surgen dudas, que es bueno plantear y aclarar debidamente. ¿Qué es la guarda y custodia? ¿Y la patria potestad? ¿En qué se diferencian unas de otras? ¿Qué ocurre si no hay acuerdo en la toma de determinadas decisiones que afectan a la patria potestad? ¿Qué criterios se siguen para atribuir la guarda y custodia de los hijos? Por guarda y custodia se entiende vivir, cuidar y asistir a los hijos. Este concepto es independiente de la patria potestad, ya que la guarda y custodia se puede atribuir a uno de los cónyuges, puede estar compartida entre ambos o puede darse a una tercera persona. Por guarda y custodia se entiende vivir, cuidar y asistir a los hijos.   Cuando hablamos de guarda y custodia, nos referimos al acto de guardar y custodiar, es decir, de tener a los hijos y velar por su desarrollo físico, intelectual y emocional, y por su seguridad. Mientras que la patria potestad, en cambio, la ostentan ambos progenitores por el mero hecho de ser los padres legítimos de los hijos menores de edad, dependientes económicamente o incapaces. La diferencia, para que pueda entenderse bien, radica en que la patria potestad se refiere a la representación general de los hijos, mientras que la guarda y custodia se centra en la convivencia habitual o diaria con ellos. Por eso, cuando se produce una ruptura matrimonial, lo normal es que ambos cónyuges mantengan la patria potestad, cosa que...