por Carmen Calderón | Feb 15, 2016 | Blog, Custodia compartida
Cuando un matrimonio se rompe y tiene hijos, una de las mejores opciones a las que optar en el proceso de separación o divorcio es la de la custodia compartida, ya que ésta ofrece muchos beneficios a ambos progenitores y también a los hijos. La custodia compartida es, ni más ni menos, que la posibilidad de que los niños estén con mamá y con papá. Mamá y papá son quienes ejercen la custodia legal de sus hijos menores de edad, en las mismas condiciones y derechos. Al compartir la guarda de los hijos, los progenitores pueden seguir disfrutando y ejerciendo de padre y madre como lo hacían antes de la separación, al 50%, lo que tiene innumerables aspectos positivos. El primero de ellos es que es un sistema que favorece la continuidad de la vida familiar de los pequeños, reduce su fracaso escolar y mitiga el posible sentimiento de culpabilidad que en ocasiones puede causar en ellos la separación de sus padres. Con la custodia compartida ambos progenitores comparten la guarda de los hijos y los mismos derechos FUENTE: photl.com ¿Quién no desea que, tras la ruptura, los hijos mantengan la estabilidad familiar que tenían durante la convivencia? ¿Por qué una pareja que hasta el momento de su separación y durante la vida de sus hijos ha compartido tareas, cuidados, entrevistas con los profesores, visitas al pediatra… no pueda seguir manteniendo esa situación? Es lógico que en ese momento la custodia compartida surja de forma natural y sea la opción más viable, ya que de los padres depende mucho también mantener una postura equilibrada y tolerante para que no...
por Carmen Calderón | Feb 2, 2016 | Blog, Divorcio o separación con hijos
Definitivamente hay leyes que levantan ampollas en la opinión pública y, sin duda, la Ley de Tasas Judiciales lo está haciendo. Algunos sectores la ven como un impedimento para acceder a la justicia. Nuestra Constitución, establece en su artículo 24 que ‘Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión’. La polémica está servida. ¿Cómo funcionan las tasas judiciales? Afectan a todas las personas que lleven a cabo uno de estos actos: Interponer una demanda declarativa o de ejecución, reconvención o petición inicial de procedimiento monitorio. Solicitar el concurso necesario o interponer cualquier tipo de demanda incidental en el mismo. Interponer cualquier tipo de recurso (contencioso-administrativo, de apelación, casación, extraordinario por infracción procesal o suplicación) en los distintos órdenes jurisdiccionales a los que se aplica la Ley. Oponerse a la ejecución de títulos judiciales. Se aplican en los procesos que tengan una cuantía superior a 2,000 euros. ¿Existen exenciones? Es cierto que existen una serie de excepciones en atención a la capacidad económica de los sujetos. Por ejemplo, quienes tienen derecho a la justicia gratuita no están obligados al pago de las tasas judiciales. Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado un paso más allá y ha obligado a valorar en cada caso esa ‘capacidad económica’. Por tanto, aunque la excepción establecida en la Ley de Tasas Judiciales puede salvaguardar la constitucionalidad en gran parte de los casos, podría no hacerlo en muchos otros. ¿Cómo afectan las tasas judiciales a los procesos de familia?...
por Carmen Calderón | Feb 2, 2016 | Blog
El régimen de visitas es motivo constante de problemas entre los progenitores separados o divorciados, bien sea por su incumplimiento o porque no sea posible acuerdo entre las partes a la hora de establecerlo. ¿Cómo se decide el régimen de visitas? Cuando el padre o la madre no tienen consigo a los menores, tienen derecho a visitarlos y a comunicarse con ellos. Lo ideal sería que los progenitores acordarán un régimen de visitas que se ajustara a sus circunstancias personales, pero en la práctica, al no haber acuerdo, es el juez el que decide en la mayoría de casos. ¿Cuál es el régimen de visitas típico? Los progenitores son quienes mejor pueden decidir el régimen de visitas que se ajusta mejor a sus circunstancias personales, pero si no hay acuerdo, es el Juez el que decide, y el régimen típico suele ser el de fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones. Incumplimiento del régimen de visitas Como decimos los casos de incumplimiento son frecuentes. Y en ocasiones, cuando quien incumple es el progenitor custodio, el otro progenitor no tiene claro cómo debe actuar. Es importante saber qué es lo que hay que hacer, y los pasos a seguir, para poder demostrar el incumplimiento. Si prevemos que va a haber problemas, es interesante acudir con un amigo a o familiar que pueda dar testimonio de lo ocurrido. Si el progenitor custodio nos informa de que no va a entregar a los menores, debemos llamar a la policía para que intervenga y, en su caso, emita un informe. En ocasiones no se produce la entrega, ni siquiera con la...
por Carmen Calderón | Feb 2, 2016 | Blog, Régimen de visitas abuelos
En la sociedad actual y con la creciente incorporación de la mujer al mundo laboral, el papel de los abuelos en la vida de los nietos se ha visto intensificado. Son muchos los casos en que los abuelos llevan y traen a los nietos al colegio, les dan de comer e incluso hacen los deberes con ellos. Son a la práctica los verdaderos cuidadores. Debemos ser conscientes de esa realidad, que no puede ignorarse en un proceso de divorcio. Lo ideal sería que las parejas fueran capaces de alcanzar acuerdos extrajudiciales para que, tras la ruptura, sus hijos pudiesen mantener una relación fluida con los abuelos. El problema Lamentablemente esto no suele ser así y en ocasiones los abuelos sufren las consecuencias negativas de un conflicto de pareja mal llevado. Para solventar estas situaciones, en el año 2005 se aprobó la Ley 13/2005 modificando el Código Civil. De acuerdo con esta Ley, si no hay acuerdo entre las partes, se reconoce el derecho de los abuelos a seguir compartiendo tiempo con los nietos. Este derecho está regulado en el Artículo 160 del Código Civil, que estabelce que ‘No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados. En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias’. Esta regulación permite a los abuelos solicitar un régimen de visitas en los casos más conflictivos. Un conflicto de pareja que afecta a terceros Como siempre debemos recordar que los derechos del menor deben prevalecer y deben ser preservados, especialmente en un momento de cambios, como la separación...
por Carmen Calderón | Mar 26, 2015 | Blog
Una vez decidido que la pareja ha decidido terminar la relación, la primera decisión a tomar responde a la siguiente pregunta, ¿Estamos de acuerdo o vamos por la vía contenciosa? Obviamente cada matrimonio es diferente y algunos llegan a la separación y divorcio con un talante sereno y conciliador, mientras que otros se preparan para la batalla. Otro factor determinante es si hay hijos o no y si los progenitores están unidos en cuanto a su visión de temas como la aplicación de la patria potestad y la determinación de la guarda y custodia.Es importante tener en cuenta también las circunstancias concretas que pueden facilitar o complicar los acuerdos entre las partes, por ejemplo, las propiedades a repartir y si existe un acuerdo pre-matimonial que regule los términos de la posible separación. La opción de recurrir a la Mediación Familiar Cuando las partes no están de acuerdo, no implica necesariamente que deba derivar en un enfrentamiento judicial una opción muy recomendable es acudir a la Mediación Familiar para alcanzar un entendimiento y redactar un convenio regulador de la separación o divorcio que beneficie a todos y sobre todo a los menores. Desventajas del procedimiento contencioso Está claro que hay situaciones en las que el procedimiento contencioso es inevitable, pero antes de decidir, es importante conocer sus inconvenientes para ser capaz de afrontar el proceso con total conocimiento. Estos son algunos de los problemas de un contencioso: 1- Coste del procedimiento de separación. Lógicamente es un proceso en el que cada una de las partes tiene su propio letrado y procurador para asegurar sus intereses. Aunque en Custodia-Compartida.com hemos ajustado al...
por Carmen Calderón | Mar 26, 2015 | Blog
La triste realidad es que no siempre la relaciones entre los ex-cónyuges son buenas y esto provoca tensiones a la hora de gestionar temas tan importantes como el régimen de visitas. En los casos en que hay un nivel de conflicto elevado, el Punto de Encuentro Familiar puede ser una solución temporal. ¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar? Es un recurso de los servicios sociales especializado cuya finalidad es asegurar el derecho de los menores a relacionarse con sus progenitores o familiares; es un lugar de encuentro neutral que facilita que el menor vea a la familia con la que no convive. El punto de encuentro familiar es un espacio físico con un equipo de profesionales que pretenden actuar como mediadores. El objetivo de los profesionales de estos servicios sociales es, de alguna forma, conseguir normalizar las relaciones entre los padres facilitando así el contacto dentro de un ambiente seguro en el que se vela por el bienestar del menor. Es una intervención temporal hasta que los progenitores se pongan de acuerdo y cumplan los acuerdos referentes al régimen de visitas. Además pueden proporcionar servicios como la asistencia psicológica, técnicas y herramientas para resolver conflictos. Intentan reconducir las relaciones familiares hacia la normalidad que permita un contacto continuo y fluido entre padres e hijos. Condiciones para acceder a este servicio La única forma de acceder es por derivación de alguno de los siguientes: Los Juzgados de Primera Instancia y/o Familia, en relación con la ejecución de regímenes de visitas El Servicio de Protección de Menores de la Dirección General de Política Social, que establece los regímenes...